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lunes, 18 de agosto de 2014

El fuego:(XIII) Las primeras leyes contra el fuego


historia del fuego, incendios, extincion

   Las primeras medidas proteccionistas contra incendios aún de carácter y aplicación limitadas, representaron en la España del siglo XVI un significativo avance, después de la postración de más de diez siglos de historia. Esta política preventiva fue iniciada por el monarca Felipe II y felizmente continuada por Carlos III y Carlos IV, promulgando las primeras leyes contra incendios de los tiempos modernos.    Una de las, pocas medidas racionales aparece en Cádiz; una crónica de la ciudad da cuenta de un incendio cerca del puerto y como amenaza varios edificios, el mando militar decide demoler a cañonazos las casas lindantes al edificio en llamas, evitando así la propagación del fuego a la ciudad.

   Cuando en 1519 el rey Carlos I asciende al trono y anexiona a España los Países Bajos, Luxemburgo, parte del noreste de Francia y Alemania entre otros territorios, se da la curiosa paradoja que muchas de las ciudades que pasaron a pertenecer al reino español, disponían ya aunque rudimentarios de servicios contra incendios. Mientras España, centro del Imperio desconocía tan importante como necesario servicio público.
   Tras el incendio del Real Monasterio de San Lorenzo del Escorial en 21 de Junio de 1577, siniestro que conmovió al país por tratarse de la “octava maravilla del mundo” y en cuyo incendio el rey Felipe II ayudado por su ministro duque de Alba, dirigió los trabajos de extinción, se creaba en Madrid al mes (9 de julio) lo que puede autodenominarse de primera organización contra incendios de los tiempos modernos. En 1777 Carlos III promulgó por Real Cédula de 29 de julio, la creación de Parques de Incendios en los Reales Sitios y la Instrucción sobre Incendios de 16 de septiembre de Carlos IV, señalan una etapa significativa en la lucha organizada contra el fuego en España que, a cuatrocientos años, hoy continúa una trayectoria tan vital, como la apasionante historia que nos antecede.


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